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Unidad I Marco introductorio |
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OBJETIVOS DE APRENDIZAJE: Analizar los aspectos conceptuales, legales y técnicos que intervienen en el manejo de una agencia de viajes. |
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Clase N° 3 |
Fecha: 24 de agosto de 2020. |
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Semana 2 Tema: Objetivo: |
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REGLAMENTO DE OPERACION E
INTERMEDIACION TURISTICA
TITULO
I
PRELIMINAR
CAPITULO I
DEL OBJETO Y AMBITO
Art. 1.- Objeto. - El presente reglamento regula las actividades de
operación e intermediación
turística, las cuales se
encuentran contenidas en la Ley de Turismo y su reglamento.
Art. 2.- Ámbito. - Las disposiciones del presente reglamento son de
aplicación y observancia
obligatoria a nivel nacional.
Art. 3.- Definiciones. - Para la aplicación del presente reglamento se tendrá
en cuenta las siguientes
definiciones:
1. Canal virtual. - Medio tecnológico
de operación y comunicación en línea (on Une), que permite el
intercambio de información,
sobrepasando las barreras físicas de contacto.
2. Comercialización virtual. -
Conjunto de procesos mediante los cuales un servicio o un producto son
puestos a disposición del
consumidor a través de canales virtuales.
3. Paquete turístico. -
Conjunto de servicios turísticos, prediseñado o ajustado a solicitud del
cliente, a
un precio preestablecido y
comercializado por una agencia de servicios turísticos.
4. Ramas de conocimiento afines
a la operación e intermediación turística. - Se refieren a conocimientos
reconocidos mediante el Sistema Ecuatoriano de Educación Superior, conforme a
lo establecido en la Clasificación Internacional Normalizada de Educación de la
UNESCO de 2013 (C.I.N.E 2013), en los siguientes campos de educación:
Campos Específico Campos
Detallado
101 Servicios personales 1015
Viajes, turismo y actividades recreativas
041 Educación comercial y
Administración 34 Educación
comercial y administración
5. Viaje. - Desplazamiento de
una persona a un lugar fuera de su lugar de residencia habitual, desde
el momento de su salida hasta
su regreso.
6. Visitas. - Hace referencia a
una estancia en un lugar visitado durante un viaje.
CAPITULO
II
DERECHOS Y OBLIGACIONES
Art. 4.- Derechos
del usuario. - Los usuarios tendrán los siguientes derechos:
1. Recibir los servicios
pactados dentro del contrato de servicios turísticos;
2. Conocer de forma clara,
precisa y oportuna los términos y alcances de los servicios contratados,
precautelando los detalles que
garanticen la satisfacción del usuario;
3. Conocer de forma previa las
políticas y procedimientos de cobro, cancelación y reembolso que
apliquen a los servicios
contratados;
4. Recibir un trato cordial
por parte de la empresa contratada;
5. Exigir copia del contrato
y/u orden de servicio física o electrónica de los servicios contratados;
6. Exigir un número de
emergencia disponible para comunicarse en caso de percances durante la
vigencia de los servicios contratados;
7. Recibir en óptimas condiciones
de funcionamiento y seguridad los equipos proporcionados por las
agencias de servicios
turísticos para la práctica de la actividad;
8. Denunciar ante la autoridad
nacional de turismo cualquier irregularidad de los servicios
contratados; y,
9. Ser informados de las
políticas y procedimientos determinados por las agencias de servicios
turísticos para la prestación
del servicio.
Art. 5.- Obligaciones
del usuario. - Los usuarios tendrán las siguientes obligaciones:
1. Proporcionar la información
y documentación requerida por las agencias de servicios turísticos de
acuerdo a los servicios
contratados;
2. Cumplir y acatar las
condiciones particulares pactadas con las agencias de servicios turísticos;
3. Pagar el valor acordado con
la agencia de servicios turísticos de acuerdo a las políticas y
procedimientos de pago;
4. Procurar que los equipos
proporcionados por las agencias de servicios turísticos sean entregados
en las mismas condiciones en
las cuales se los receptó, salvo situaciones de fuerza mayor o caso
fortuito;
5. Acatar las normas de
seguridad impartidas por el personal de las agencias de servicios turísticos;
6. Informar a la agencia de
servicios turísticos contratada sobre particularidades (estado de salud,
discapacidad, enfermedad, entre
otros) a ser consideradas durante la prestación del servicio
contratado, con la finalidad
de evitar riesgos al turista; y,
7. Cumplir con los horarios y
lugares preestablecidos por la agencia de servicios turísticos para el
desarrollo de los servicios
contratados.
Art. 6.- Derechos de las agencias de servicios
turísticos. - Las agencias de
servicios turísticos tendrán los siguientes derechos:
1. Determinar políticas de
cobro y tarifas para la prestación de sus servicios;
2. Cancelar unilateralmente el
contrato suscrito con el usuario cuando éste no ha cumplido con el
pago pactado;
3. Contar con la confirmación
sea física o virtual de los servicios contratados con sus proveedores;
4. Exigir información oportuna
por parte de su proveedor en caso de existir contingente o variación
en el servicio contratado. Así
como, contar con un número de emergencia por parte del proveedor
del servicio; y,
5. Acceder a programas,
beneficios e incentivos promovidos por la autoridad nacional de turismo.
Art. 7.- Obligaciones
de las agencias de servicios turísticos. - Las agencias de servicios
turísticos tendrán las siguientes obligaciones:
1. Proporcionar sus servicios
conforme a lo establecido en la Ley de Turismo y reglamentos;
2. Obtener el Registro de
Turismo y Licencia Única Anual de Funcionamiento;
3. Exhibir en un lugar visible,
del espacio físico donde realice sus actividades, el Registro de Turismo
y la Licencia Única Anual de
Funcionamiento;
4. Acceder a una de las
clasificaciones de agencias de servicios turísticos determinadas en el
presente reglamento;
5. Contar con equipamiento en
buen estado de funcionamiento en el espacio físico para atender al
usuario;
6. Proporcionar información
veraz en todo tipo de publicidad;
7. Contratar servicios
turísticos formales con proveedores debidamente registrados ante la entidad
de control sean estos
directos o indirectos;
8. Establecer contratos
escritos y/u orden de servicio con proveedores de servicios turísticos;
9. Establecer contratos
escritos y/u orden de servicio de los servicios contratados con el usuario
final;
10. Proveer de información
veraz y detallada al cliente sobre los servicios contratados, en la cual
deben constar los alcances y
excepciones que permitan a éste un adecuado disfrute de lo
contratado;
11. Cumplir de forma idónea con
los servicios contratados por el cliente;
12. Entregar al cliente una
orden de servicio física y/o electrónica de los servicios contratados y
pagados, en el que consten:
a. El servicio contratado a
detalle;
b. Número de contacto
telefónico habilitado 24 horas y dirección en el punto de destino donde se le
proporcionará al usuario
asistencia por los servicios turísticos contratados;
c. Nombres de los proveedores
de servicios y su categoría, alcance y excepciones, así como
políticas generales de
prestación del servicio; y,
d. Políticas de cobro,
cancelación y reembolso que apliquen a los servicios contratados.
13.
Entregar un número de contacto de emergencia disponible para el cliente,
habilitado 24 horas al día, los 7 días de la semana, para el caso de servicios,
productos y paquetes turísticos en curso;
14.
Facilitar y acogerse en todo momento a las inspecciones que la autoridad
competente realice;
15.
Denunciar ante la autoridad nacional de turismo a proveedores informales de
servicios turísticos;
16.
Contratar a proveedores de servicios turísticos que cuenten con los permisos de
funcionamiento turísticos vigentes; y,
17. Las
agencias de viajes internacionales o duales que contraten los servicios de un representante
de ventas, deberán ser los responsables de la gestión comercial realizada por
el mismo y asumirán cualquier tipo de inconveniente presentado en dicha
gestión.
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Unidad I Marco introductorio
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OBJETIVOS DE APRENDIZAJE: Analizar los aspectos conceptuales, legales y técnicos que intervienen en el manejo de una agencia de viajes. |
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Clase N° 3 |
Fecha: 27 de agosto de 2020. |
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Semana 2
CLASE ASINCRONICA
SE REALIZÓ
UNA INVESTIGACIÓN SOBRE LAS AGENCIAS DE VIAJES INTERNACIONALES, MAYORISTAS Y
DUALES DE LA CIUDAD DE MACHALA Y ECUADOR.
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Internacionales |
Operador |
Dual |
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Agencia de viajes Sagatur |
Spondylus Mora Travel |
Pacific Blue Travel |
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Agencia
de viajes SolCaribe |
Turquino
travel |
One
Class Ecuador |
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Imagine Ecuador adventure travel |
Ecuadorkitesurf
S.A |
E&V
tours |
|
Actuallity
travel CIA. Ltda. |
Silver island operador turístico S.A |
Ariel
Travel |
|
Luminus
travel |
Escuela
Humboltkites |
Ecuador
Ceibos Tour |
|
Internacionales |
Operador |
Dual |
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Orotour |
Trip&Life |
Rosetour |
|
Cristy
Travel |
OceanBlue
Cia Ltda. |
Mónica
Tours |
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Arias
Tour S.A |
Jacis
Travel |
American
Touring |
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Belen Tour Cia. Ltda. |
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DoriusTour |
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Gold
Travel |
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Agencia
de viajes Integral Plus |
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