Diarios de clase-semana 2



Unidad I

Marco introductorio

OBJETIVOS DE APRENDIZAJE: Analizar los aspectos conceptuales, legales y técnicos que intervienen en el manejo de una agencia de viajes.

Clase N° 3

Fecha:  24 de agosto de 2020.

Semana 2

Tema:   Agencias de Viajes en el Ecuador

 

Objetivo:









REGLAMENTO DE OPERACION E INTERMEDIACION TURISTICA

 

TITULO I

PRELIMINAR

 

CAPITULO I

DEL OBJETO Y AMBITO

 

Art. 1.- Objeto. - El presente reglamento regula las actividades de operación e intermediación

turística, las cuales se encuentran contenidas en la Ley de Turismo y su reglamento.

 

Art. 2.- Ámbito. - Las disposiciones del presente reglamento son de aplicación y observancia

obligatoria a nivel nacional.

 

Art. 3.- Definiciones. - Para la aplicación del presente reglamento se tendrá en cuenta las siguientes

definiciones:

 

1. Canal virtual. - Medio tecnológico de operación y comunicación en línea (on Une), que permite el

intercambio de información, sobrepasando las barreras físicas de contacto.

2. Comercialización virtual. - Conjunto de procesos mediante los cuales un servicio o un producto son

puestos a disposición del consumidor a través de canales virtuales.

3. Paquete turístico. - Conjunto de servicios turísticos, prediseñado o ajustado a solicitud del cliente, a

un precio preestablecido y comercializado por una agencia de servicios turísticos.

4. Ramas de conocimiento afines a la operación e intermediación turística. - Se refieren a conocimientos reconocidos mediante el Sistema Ecuatoriano de Educación Superior, conforme a lo establecido en la Clasificación Internacional Normalizada de Educación de la UNESCO de 2013 (C.I.N.E 2013), en los siguientes campos de educación:

Campos Específico Campos Detallado

 

101 Servicios personales 1015 Viajes, turismo y actividades recreativas

041 Educación comercial y

Administración 34 Educación comercial y administración

 

5. Viaje. - Desplazamiento de una persona a un lugar fuera de su lugar de residencia habitual, desde

el momento de su salida hasta su regreso.

6. Visitas. - Hace referencia a una estancia en un lugar visitado durante un viaje.

 

CAPITULO II

DERECHOS Y OBLIGACIONES

 

Art. 4.- Derechos del usuario. - Los usuarios tendrán los siguientes derechos:

 

1. Recibir los servicios pactados dentro del contrato de servicios turísticos;

2. Conocer de forma clara, precisa y oportuna los términos y alcances de los servicios contratados,

precautelando los detalles que garanticen la satisfacción del usuario;

3. Conocer de forma previa las políticas y procedimientos de cobro, cancelación y reembolso que

apliquen a los servicios contratados;

4. Recibir un trato cordial por parte de la empresa contratada;

5. Exigir copia del contrato y/u orden de servicio física o electrónica de los servicios contratados;

6. Exigir un número de emergencia disponible para comunicarse en caso de percances durante la

vigencia de los servicios contratados;

7. Recibir en óptimas condiciones de funcionamiento y seguridad los equipos proporcionados por las

agencias de servicios turísticos para la práctica de la actividad;

8. Denunciar ante la autoridad nacional de turismo cualquier irregularidad de los servicios

contratados; y,

9. Ser informados de las políticas y procedimientos determinados por las agencias de servicios

turísticos para la prestación del servicio.

 

Art. 5.- Obligaciones del usuario. - Los usuarios tendrán las siguientes obligaciones:

 

1. Proporcionar la información y documentación requerida por las agencias de servicios turísticos de

acuerdo a los servicios contratados;

2. Cumplir y acatar las condiciones particulares pactadas con las agencias de servicios turísticos;

3. Pagar el valor acordado con la agencia de servicios turísticos de acuerdo a las políticas y

procedimientos de pago;

4. Procurar que los equipos proporcionados por las agencias de servicios turísticos sean entregados

en las mismas condiciones en las cuales se los receptó, salvo situaciones de fuerza mayor o caso

fortuito;

5. Acatar las normas de seguridad impartidas por el personal de las agencias de servicios turísticos;

6. Informar a la agencia de servicios turísticos contratada sobre particularidades (estado de salud,

discapacidad, enfermedad, entre otros) a ser consideradas durante la prestación del servicio

contratado, con la finalidad de evitar riesgos al turista; y,

7. Cumplir con los horarios y lugares preestablecidos por la agencia de servicios turísticos para el

desarrollo de los servicios contratados.

Art. 6.- Derechos de las agencias de servicios turísticos. - Las agencias de servicios turísticos tendrán los siguientes derechos:

 

1. Determinar políticas de cobro y tarifas para la prestación de sus servicios;

2. Cancelar unilateralmente el contrato suscrito con el usuario cuando éste no ha cumplido con el

pago pactado;

3. Contar con la confirmación sea física o virtual de los servicios contratados con sus proveedores;

4. Exigir información oportuna por parte de su proveedor en caso de existir contingente o variación

en el servicio contratado. Así como, contar con un número de emergencia por parte del proveedor

del servicio; y,

5. Acceder a programas, beneficios e incentivos promovidos por la autoridad nacional de turismo.

 

Art. 7.- Obligaciones de las agencias de servicios turísticos. - Las agencias de servicios turísticos tendrán las siguientes obligaciones:

 

1. Proporcionar sus servicios conforme a lo establecido en la Ley de Turismo y reglamentos;

2. Obtener el Registro de Turismo y Licencia Única Anual de Funcionamiento;

3. Exhibir en un lugar visible, del espacio físico donde realice sus actividades, el Registro de Turismo

y la Licencia Única Anual de Funcionamiento;

4. Acceder a una de las clasificaciones de agencias de servicios turísticos determinadas en el

presente reglamento;

5. Contar con equipamiento en buen estado de funcionamiento en el espacio físico para atender al

usuario;

6. Proporcionar información veraz en todo tipo de publicidad;

7. Contratar servicios turísticos formales con proveedores debidamente registrados ante la entidad

de control sean estos directos o indirectos;

8. Establecer contratos escritos y/u orden de servicio con proveedores de servicios turísticos;

9. Establecer contratos escritos y/u orden de servicio de los servicios contratados con el usuario final;

10. Proveer de información veraz y detallada al cliente sobre los servicios contratados, en la cual

deben constar los alcances y excepciones que permitan a éste un adecuado disfrute de lo

contratado;

11. Cumplir de forma idónea con los servicios contratados por el cliente;

12. Entregar al cliente una orden de servicio física y/o electrónica de los servicios contratados y

pagados, en el que consten:

 

a. El servicio contratado a detalle;

b. Número de contacto telefónico habilitado 24 horas y dirección en el punto de destino donde se le

proporcionará al usuario asistencia por los servicios turísticos contratados;

c. Nombres de los proveedores de servicios y su categoría, alcance y excepciones, así como

políticas generales de prestación del servicio; y,

d. Políticas de cobro, cancelación y reembolso que apliquen a los servicios contratados.

 

13. Entregar un número de contacto de emergencia disponible para el cliente, habilitado 24 horas al día, los 7 días de la semana, para el caso de servicios, productos y paquetes turísticos en curso;

14. Facilitar y acogerse en todo momento a las inspecciones que la autoridad competente realice;

15. Denunciar ante la autoridad nacional de turismo a proveedores informales de servicios turísticos;

16. Contratar a proveedores de servicios turísticos que cuenten con los permisos de funcionamiento turísticos vigentes; y,

17. Las agencias de viajes internacionales o duales que contraten los servicios de un representante de ventas, deberán ser los responsables de la gestión comercial realizada por el mismo y asumirán cualquier tipo de inconveniente presentado en dicha gestión.

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Unidad I

Marco introductorio

 

OBJETIVOS DE APRENDIZAJE: Analizar los aspectos conceptuales, legales y técnicos que intervienen en el manejo de una agencia de viajes.

Clase N° 3

Fecha:  27 de agosto de 2020.

Semana 2

 

CLASE ASINCRONICA

 

SE REALIZÓ UNA INVESTIGACIÓN SOBRE LAS AGENCIAS DE VIAJES INTERNACIONALES, MAYORISTAS Y DUALES DE LA CIUDAD DE MACHALA Y ECUADOR.

 

 

 

 Agencias de viajes del Ecuador, separadas por nombre y categoría: Internacionales, Operadoras, Duales.

 

Internacionales

Operador

Dual

Agencia de viajes Sagatur

Spondylus Mora Travel

Pacific Blue Travel

Agencia de viajes

SolCaribe

Turquino travel

One Class Ecuador

Imagine Ecuador adventure travel

Ecuadorkitesurf S.A

E&V tours

Actuallity travel CIA. Ltda.

Silver island operador turístico S.A

Ariel Travel

Luminus travel

Escuela Humboltkites

Ecuador Ceibos Tour

 

 Agencias de viajes de Machala, separadas por nombre y categoría: Internacionales, Operadoras, Duales.

 

Internacionales

Operador

Dual

Orotour

Trip&Life

Rosetour

Cristy Travel

OceanBlue Cia Ltda.

Mónica Tours

Arias Tour S.A

Jacis Travel

American Touring

Belen Tour Cia. Ltda.

 

DoriusTour

Gold Travel

 

 

Agencia de viajes Integral

Plus

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


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